Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal 2do de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Portuguesa con sede en Acarigua, conforme al artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley INADMISIBLE la presente demanda incoada por los ciudadanos JOSE DAVID ADANS RODRIGUEZ, NATALIO AULAR, CARLOS ALFREDO CAMACHO, RUBEN EDUARDO COLMENAREZ, ARMANDO GREGRORIO COLMENAREZ, YUMBER ENRIQUE ESCALONA CHIRINOS, LUIS ALFREDO OLIVEROS, DANIEL PEREZ ORTIZ, ENDERSON MARTINEZ contra las sociedad mercantiles VIPRICA C.A., SMURFIT KAPPA CARTON DE VENEZUELA C.A, REFORESTADORA DOS REFORDOS C.A. y DESARROLLO DONATELLO C.A.
La Juez, La Secretaria,
Abg° Ligia López Carieles Abg° Naydali Jaimes Quero,