DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE REPONE la causa al estado de realizarse nueva audiencia preliminar por las razones expuestas en la motiva y en los términos indicados.
SEGUNDO: SE REVOCA decisión de fecha 7 de mayo del año 2007 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo del estado Portuguesa, con sede en Acarigua, por las razones expuestas en la motiva.
TERCERO: No hay condenatoria en costas del recurso de apelación por la naturaleza del fallo.