En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar, la apelación interpuesta en fecha 15/03/2.011, por el apoderado judicial de la parte demandante abogado Manuel Parra Escalona, en su carácter de apoderado judicial del demandante Jóvito de Jesús Alvarado Álvarez, contra la sentencia dictada en fecha 11/03/2.011 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se Confirma la sentencia dictada en fecha 11/03/2.011 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portu.....