DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación formulada en fecha 04 de Enero de 2012 por la Ciudadana Fiscal Séptima del Ministerio Público del Estado Portuguesa en contra de PITTER JOHALBIN APONTE AZUAJE, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.271.005, natural de Puerto Cabello, Estado Carabobo, nacido en fecha 23 de Julio de 1992, de estado civil soltero, de ocupación obrero, residenciado en el Barrio Santa María, Sector 02, Calle Principal, casa s/n, Guanare, Estado Portuguesa; por la presunta comisión de los delitos de AMENAZAS y VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previstos y s.....