DECISIÓN
En merito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Público contra la sentencia dictada el 11 de mayo del corriente año por la juez de la Sala Nº 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, mediante la cual se declaró SIN LUGAR LA ACCIÓN DE INQUISICIÓN DE PATERNIUDAD intentada por la ciudadana MARLENE DE LAS MERCEDES CHUELLO CHUELLO contra el ciudadano NAUDYS RAFAEL PÉREZ, disponiendo que el niño NARWYS JOSUÉ continuara sólo con el establecimiento de la filiación materna, debiéndosele nombrar NARWYS JOSUÉ CHUELLO CHUELLO.
Queda así CONFIRMADA la sentencia apelada.
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
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