este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de ADOPCIÓN PLENA propuesta por la ciudadana EVANGELINA ROLDAN DE LEON, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número 2.196.384, a favor del ciudadano CARLOS ALFREDO TORREALBA LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 7.441.729, respectivamente, de conformidad con los preceptos establecidos en la Ley Sobre Adopción, de manera que, en lo sucesivo, el ciudadano aquí adoptado, anteriormente identificado, gozará de todos los derechos que se consagran a su favor, al ser hijo de la ciudadana EVANGELINA ROLDAN DE LEON, plenamente identificada en autos.
DECISIÓNEn consecuencia, se acuerda que de conformidad con lo establecido en el artículo 39 de la Ley Sobre Adopción, se acue.....