/Este Tribunal en funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3, y 4°, Herwin Ernai Navas Virla, C.I. 17450153, nacido en fecha 18 de Octubre de 1984, en Valencia, Estado Carabobo, de 20 años de edad, hijo de Ramona Virla y de José Navas, profesión u oficio: obrero y domiciliado en el Barrio Bella Vista II, Calle José Gregorio Hernández, casa N° 1-32, presentación cada 30 días ante la Taquilla de presentaciones, y prohibición de salida del país, Puesta en Circulación de Moneda Falsa, previsto y sancionado en el Artículo 300 del Código Penal. Así como la continuación de la causa por el procedimiento Ordinario. Regístrese, Cúmplase.