Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Turen y Santa Rosalía Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar, la Solicitud de Fijación de Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana MARIELA DEL CARMEN ALVAREZ MONTES, en nombre y representación de su hija FEBE MARIELA DURAN ALVAREZ de nueve meses de edad, en contra del ciudadano FELIX JOSE DURAN TORRES, todos ya suficientemente identificados en la presente decisión.
SEGUNDO: Se Fija la Obligación de Manutención que el ciudadano FELIX JOSE DURAN TORRES, debe aportar en beneficio de su hija FEBE MARIELA DURAN ALVAREZ en la cantidad de Seiscientos Bolívares (Bs.600,oo) mensuales; como Cuota Extraordinaria para el mes de septiembre de cada año, debe el dador alimentario, aportar el doble dicha cantidad, par.....