DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para entrar a conocer y decidir el presente recurso ordinario de apelación ejercido por el abogado, CARLOS CEDEÑO AZOCAR, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano GUSTAVO JOSE RODRIGUEZ RIVERO, contra la decisión publicada en fecha 03/02/2016 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo del estado Portuguesa, con sede en Acarigua.
SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado, CARLOS CEDEÑO AZOCAR, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano GUSTAVO JOSE RODRIGUEZ RIVERO, contra la decisión publicada en fecha 03/02/2016 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo del estado Portuguesa, .....