Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le otorga la Ley NIEGA las MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR y la MEDIDA DE SECUESTRO solicitadas por la ciudadana LIZ CAROLINA BAEZ YUSTIZ contra el ciudadano MAURICIO SACCHINI ZACHINI (plenamente identificados en el fallo)