Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 14/08/2009 por la abogada Xiomara Rodríguez, coapoderada de la parte demandada, contra la decisión dictada en fecha 07/08/2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: INADMISIBLE la Reconvención o Mutua Petición, propuesta por el ciudadano Jesús Eusebio Escalona, parte codemandada al ciudadano Juan Tovar Linárez.
TERCERO: CON LUGAR la acción intentada por el ciudadano Juan Tovar Linárez por declaratoria de propiedad .....