DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ADMITE el presente amparo autónomo constitucional.
SEGUNDO: Citar al presunto agraviante sociedad mercantil FAPLAST, C.A, representada por el ciudadano ZHENG WEN FENG, titular de la cédula de identidad Nº 13.687.341, en su carácter de Presidente, en la siguiente dirección: Avenida 34 entre calles 36 y 37, diagonal al Liceo José Antonio Páez, de la ciudad de Acarigua, estado Portuguesa.
TERCERO: Notificar al FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO cuyo domicilio está ubicado en la Avenida 38 entre calles 32 y 33 edificio Oasis del Llano, piso 2 Oficina 2-2 Acarigua estado Portuguesa de conformidad con lo expuesto en la motiva.