este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la pretensión de QUERELLA INTERDICTAL DE RESTITUCIÓN POR DESPOJO, intentada por los ciudadanos ALDRIN ALEXIS ZAMBRANO COLMENARES y RUBIGLARD DEL VALLE PEREZ, contra las ciudadanas FLORINDA PASTORA PEÑA, ANA CECILIA PEÑA RODRIGUEZ, EVELYN CAROLINA LUCENA PEÑA y MARIA ESPERANZA PEÑA RODRIGUEZ, todos previamente identificados.