DECLARA CON LUGAR la solicitud de REVISIÓN DE MEDIDA CAUTELAR formulada por el ABG.- ESTEBAN MEJÍAS MUÑOZ inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.- 102.084, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano JOSE GREGORIO MARCANO, titular de la Cedula de Identidad N° (...), a quien se le acusa por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 45 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de victima de identidad omitida a tenor de lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes ; todo de conformidad con lo previsto en el articulo 242 ord. 8° del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 250 ejusdem; y así mismo en concordancia con lo establecido en el articulo 95 ord. 8° de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se ACUERDA IMPONER al ciudadano JOSE GREGORIO MAR.....