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Decisiones del dia 12/02/2016

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren.
Paginas 1 2 Sig [Total de sentencias: 20] Página 1 de 2
N° Expediente : KP02-S-2014-010856 N° Sentencia : Fecha: 12/02/2016
Procedimiento:
Solicitud De Titulo Supletorio
Partes:
TANIA MARIELA FREITEZ PACHECO
Resumen:
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal observa lo siguiente, establece el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente, que, "Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención. También se extingue la instancia: 1) Cuando transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. 2) Cuando cumplido más de treinta días a contar desde la fecha de la reforma de la demanda, hecha antes de la citación, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. 3) Cuando dentro del término de seis meses contados desde la suspensión del proceso por la muerte de alguno de los litigan.....
Juez/Ponente:
Roger José Adan Cordero
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren.
arriba

N° Expediente : KP02-S-2013-007956 N° Sentencia : Fecha: 12/02/2016
Procedimiento:
Solicitud De Titulo Supletorio
Partes:
RUBEN OSWALDO GARAYCOA LOPEZ
Resumen:
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal observa lo siguiente, establece el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente, que, "Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención. También se extingue la instancia: 1) Cuando transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. 2) Cuando cumplido más de treinta días a contar desde la fecha de la reforma de la demanda, hecha antes de la citación, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. 3) Cuando dentro del término de seis meses contados desde la suspensión del proceso por la muerte de alguno de los litigan.....
Juez/Ponente:
Roger José Adan Cordero
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren.
arriba

N° Expediente : KP02-S-2013-007785 N° Sentencia : Fecha: 12/02/2016
Procedimiento:
Solicitud De Titulo Supletorio
Partes:
LUIS ORIEL RODRIGUEZ RINCON
Resumen:
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal observa lo siguiente, establece el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente, que, "Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención. También se extingue la instancia: 1) Cuando transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. 2) Cuando cumplido más de treinta días a contar desde la fecha de la reforma de la demanda, hecha antes de la citación, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. 3) Cuando dentro del término de seis meses contados desde la suspensión del proceso por la muerte de alguno de los litigan.....
Juez/Ponente:
Roger José Adan Cordero
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren.
arriba

N° Expediente : KP02-S-2013-007793 N° Sentencia : Fecha: 12/02/2016
Procedimiento:
Solicitud De Titulo Supletorio
Partes:
PETRA MARGARITA FRANCO CARRASCO,
Resumen:
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal observa lo siguiente, establece el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente, que, "Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención. También se extingue la instancia: 1) Cuando transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. 2) Cuando cumplido mas de treinta días a contar desde la fecha de la reforma de la demanda, hecha antes de la citación, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. 3) Cuando dentro del término de seis meses contados desde la suspensión del proceso por la muerte de alguno de los litigant.....
Juez/Ponente:
Roger José Adan Cordero
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren.
arriba

N° Expediente : KP02-S-2015-009879 N° Sentencia : Fecha: 12/02/2016
Procedimiento:
Solicitud De Titulo Supletorio
Partes:
SOLICITANTE: JUAN CARLOS CATARI COLMENAREZ
Resumen:
Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano JUAN CARLOS CATARI COLMENAREZ, titular de la Cédula de Identidad No. 13.991.671, asistido por el Abg. CARLOS YEPEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 102136, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante JUAN CARLOS CATARI COLMENAREZ, antes identificado, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un terreno EJIDO, cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones.- En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor del ciudadano: JUAN CARLOS CATARI COLMENAREZ, los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO .....
Juez/Ponente:
Roger José Adan Cordero
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren.
arriba

N° Expediente : KP02-S-2015-000175 N° Sentencia : Fecha: 12/02/2016
Procedimiento:
Solicitud De Titulo Supletorio
Partes:
YOHANNA CAROLINA GUERRERO RIVERO
Resumen:
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal observa lo siguiente, establece el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente, que, "Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención. También se extingue la instancia: 1) Cuando transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. 2) Cuando cumplido más de treinta días a contar desde la fecha de la reforma de la demanda, hecha antes de la citación, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. 3) Cuando dentro del término de seis meses contados desde la suspensión del proceso por la muerte de alguno de los litigan.....
Juez/Ponente:
Roger José Adan Cordero
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren.
arriba

N° Expediente : KP02-S-2013-005602 N° Sentencia : Fecha: 12/02/2016
Procedimiento:
Solicitud De Titulo Supletorio
Partes:
CARMEN CECILIA CORDERO
Resumen:
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal observa lo siguiente, establece el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente, que, "Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención. También se extingue la instancia: 1) Cuando transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. 2) Cuando cumplido más de treinta días a contar desde la fecha de la reforma de la demanda, hecha antes de la citación, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. 3) Cuando dentro del término de seis meses contados desde la suspensión del proceso por la muerte de alguno de los litigan.....
Juez/Ponente:
Roger José Adan Cordero
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren.
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N° Expediente : KP02-S-2014-010812 N° Sentencia : Fecha: 12/02/2016
Procedimiento:
Solicitud De Titulo Supletorio
Partes:
EDINSON URBINA GONZALEZ
Resumen:
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal observa lo siguiente, establece el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente, que, "Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención. También se extingue la instancia: 1) Cuando transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. 2) Cuando cumplido más de treinta días a contar desde la fecha de la reforma de la demanda, hecha antes de la citación, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. 3) Cuando dentro del término de seis meses contados desde la suspensión del proceso por la muerte de alguno de los litigan.....
Juez/Ponente:
Roger José Adan Cordero
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren.
arriba

N° Expediente : KP02-S-2013-007667 N° Sentencia : Fecha: 12/02/2016
Procedimiento:
Solicitud De Titulo Supletorio
Partes:
MARIA DE LOS ANGELES DURAN MENDOZA
Resumen:
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal observa lo siguiente, establece el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente, que, "Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención. También se extingue la instancia: 1) Cuando transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. 2) Cuando cumplido más de treinta días a contar desde la fecha de la reforma de la demanda, hecha antes de la citación, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. 3) Cuando dentro del término de seis meses contados desde la suspensión del proceso por la muerte de alguno de los litigan.....
Juez/Ponente:
Roger José Adan Cordero
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren.
arriba

N° Expediente : KP02-S-2013-007613 N° Sentencia : Fecha: 12/02/2016
Procedimiento:
Solicitud De Titulo Supletorio
Partes:
DIEGO PINEDA
Resumen:
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal observa lo siguiente, establece el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente, que, "Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención. También se extingue la instancia: 1) Cuando transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. 2) Cuando cumplido más de treinta días a contar desde la fecha de la reforma de la demanda, hecha antes de la citación, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado. 3) Cuando dentro del término de seis meses contados desde la suspensión del proceso por la muerte de alguno de los litigan.....
Juez/Ponente:
Roger José Adan Cordero
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren.
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