Se dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva declarando INADMISIBLE la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentado por la ciudadana OMAIRA PASTORA CALLES RODRIGUEZ, de conformidad con lo establecido en los artículos 166 y 341 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 3 y 4 de la Ley de Abogados.-