...en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA LA NULIDAD DE LA CITACIÓN practicada al MUNICIPIO AGUA BLANCA en la persona del Síndico Procurador Municipal en fecha 6 de diciembre de 2006, ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado de que se notifique de la demanda al Alcalde y de que se practique la citación por oficio del MUNICIPIO AGUA BLANCA DEL ESTADO PORTUGUESA, en la persona del Síndico Procurador Municipal de dicho Municipio, para que conteste la misma demanda dentro de los cuarenta y cinco días continuos siguientes a su citación, mas un día que se le concede como término de la distancia.