Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el abogado  OMAR PORTELES MENDOZA, co-apoderado judicial de la parte demandada   CORPORACION  ENSYLA C.A., contra la sentencia de fecha 30 de noviembre  del año 2011 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del  Circuito Judicial del Trabajo del  estado Portuguesa, con sede en  la ciudad de Acarigua, de conformidad con lo establecido en el articulo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: SE CONDENA  EN COSTAS a la parte demandada-recurrente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.