DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanarito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A por la causal de Ruptura Prolongada de la vida en Común, propuesta por los ciudadanos: MANUEL GREGORIO MONTILLA CASTELLANOS y MAGALY CHIQUINQUIRA RIVERO MARRUFO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.256.356 y V-10.357.360, domiciliados en el Municipio Guanarito, del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda DISUELTO el vínculo contraído por los ciudadanos: MANUEL GREGORIO MONTILLA CASTELLANOS y MAGALY CHIQUINQUIRA RIVERO MARRUFO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.256.356 y V-.....