DISPOSITIVA
Por las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua Administrando Justicia en Nombre de La Republica de Venezuela y por Autoridad de La Ley, acuerda la DESESTIMACION DE LA INVESTIGACIÓN, iniciada en fecha 01-09-2014 en contra de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA por cuanto el hecho denunciado por la ciudadana MARLENIS DEL CARMAN CARVAJAL, venezolana, titular de la cedula de identidad n°9.840.779 y residenciada en el Barrio Padre Esteller, calle principal, entre calles 01 y 02, diagonal a la casa comunal de Piritu, Municipio Esteller, telefono de ubicación 0416-3574045, y que es objeto del proceso constituye un delito cuyo enjuiciamiento solo procede a instancia de la parte agraviada, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 283 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese las respectivas notificaciones. S.....