D E C I S I O N:
Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio presentada por los ciudadanos: MIGDALIA ISABEL MENDEZ Y CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ CHIRINOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N °V-10.136.383 y V-10.135.193, debidamente asistidos por la Abogado JANETT LIZHT MUJICA, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.660.818, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 232.397, de conformidad con lo establecido en el articulo 185 del Código Civil y en concordancia con la sentencia N° 1070 dictada con carácter vinculante por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de Diciembre del año 2016; y en consecuencia DISUELTO el vinculo con.....