este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (unipersonal) en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano LORENZO ANTONIO ESCALONA COLMENAREZ venezolano, de 53 años de edad, fecha de nacimiento 10-08-1953, natural de esta ciudad, casado, de profesión u oficio Mecánico, residenciado en el Barrio Ajuro, calle 35 entre avenidas 47 y 48 Acarigua Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° 6.001.099 por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano HERNY GUZMAN HENAO, de conformidad con lo establecido en el articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.