DISPOSITIVA
Por los motivos y razonamientos expuestos anteriormente este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito con Competencia en Asunto Alimentario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa,Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado entre los Ciudadanos CECILIA COROMOTO SOTO ORTIZ YALEXANDER RAMÓN CABEZA CACERES, en los términos por ellos acordados. Por lo tanto la Obligación
Alimentaria queda establecida en la Cantidad de BOLIVARES CINCUENTA MIL MENSUAL (Bs 50.000, oo) Mensual, Igualmente se establece que el Obligado Alimentario debe comprarle a sus hijos los estreno por la época Decembrina, e igualmente esta obligado a contribuir con la madre con la mitad de los gastos por concepto de Uniformes y Útiles escolares y los gastos de medicina cuando los niños lo requieran por alguna enfermedad.
Se hace del conoc.....