En mérito a las razones que preceden, este Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal, en funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ABSUELVE por insuficiencia de pruebas, al acusado, ciudadano: RUBEN JOSUE ESCALONA SUAREZ, plenamente identificado en esta decisión, de la acusación presentada en su contra por el Fiscal del ministerio Público, quien le imputo la comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley contra el Trafico Ilícito y el consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Se ordeno la libertad plena del acusado de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, quien estuvo en medida de detención domiciliaria.