Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JUAN CARLOS RODRIGUEZ (+), en su condición de apoderado judicial de los demandantes, contra la decisión de fecha 19 de octubre del año 2012, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede Acarigua, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha 19 de octubre del año 2012, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede Acarigua, por las razones expuestas en la motiva.
TERCERO: NO SE CONDENA EN COSTAS a los demandantes, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Proces.....