DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA por desinterés en ejecutar el presente procedimiento por cobro de Prestaciones sociales, incoada por el ciudadano HEIDY NINOSKA NAVEA, titular de la cédula de identidad número 13.906.199, contra la demandada INSTITUTO UNVERSITARIO DE TECNOLOGIA PARA LA INFORMATICA (IUTEPI).
Se ordenará el cierre y archivo de la presente causa, una vez que quede firme la presente decisión.