DISPOSITIVA
En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: DECLARAR CON LUGAR la Solicitud efectuada la Defensora Pública, a favor del Imputado JOHAN ANDRES SALAZAR, titular de la cédula de identidad Nº 18.683.240, haciendo extensiva la medida al acusado XIMARU ELÍAS MENDOZA CORDERO, titular de la cédula de identidad Nº 17.306.375, en el cual solicita el Examen y Revisión de la Medida Judicial Preventiva de Privación de Libertad, decretada por este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia SUSTITUYE la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad por la Medida Cautelar Sustitutivas a la Privación de Libertad establecida en el Artículo 256, Ordinal 3º, 4º y 5º, del Código Orgánico Procesal Penal consistente de PRESENTACIONES PERIODICAS CADA.....