En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano MANUEL DE JESUS ESCOBAR PEREZ identificado en autos contra VIGILANCIA Y SEGURIDAD GUTIERREZ.
SEGUNDO: Se ordena a la demandada VIGILANCIA Y SEGURIDAD GUTIERREZ que pague al ciudadano MANUEL DE JESUS ESCOBAR PEREZ, identificado en autos la cantidad de TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES CON VEINTICINCO CENTIMOS (Bs. 3.932, 25).
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los cinco (.....