Ahora bien, de las actas del expediente (folios 268 al 276 del expediente) y del sistema Juris 2000 (KP02-L-2013-1348) se observa que la sentencia fue publicada el último día del lapso previsto, el 18 de febrero de 2015, dejando constancia que en la herramienta informática se ingresó la minuta, pero no el texto íntegro del fallo, lo cual se corrigió el día siguiente (19/02/2015), pero se cumplió cabalmente con su publicación dentro del lapso correspondiente, lo cual se desprende igualmente del libro diario de dicho Juzgado, conforme lo dispuesto en el Artículo 247 del Código de Procedimiento Civil.
Entonces, las partes para ejercer el recurso de apelación tenían cinco días, luego de vencido el lapso para publicar el fallo escrito, el cual fenecía el 25 de febrero de los corrientes, conforme el Artículo 161 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya mencionado.
De las copias consignadas, se desprende que la parte actora ejerció el recurso de apelación el 26 de febrero de 2015 (f.....