DISPOSITIVA.
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por el Abg. Rubén Darío Villasmil Delgado, en su condición Defensor Público del ciudadano José Francisco Pérez Herrera, contra el auto dictado en fecha 21 de Marzo de 2011, por parte del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 06 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante el cual ratificó la notificación a la defensa participándole que en el presente asunto corresponde a la Designación de Defensor, la cual una vez su persona fuera designada se le acordó la remisión de las actuaciones a la Fiscal Décima Sexto del Ministerio Público.
SEGUNDO: Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de Primera Instancia de este.....