DECISIÓN.
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero    del     Circuito      Judicial del Trabajo  del Estado Portuguesa en nombre de la 
República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley  declara: 
PRIMERO: Competente para conocer de la presente inhibición  propuesta por REINA BRICEÑO DE GRATEROL actuando como Jueza  del Juzgado Primero  de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: CON LUGAR la inhibición propuesta por REINA BRICEÑO DE GRATEROL actuando como Jueza  del Juzgado Primero  de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Portuguesa.
TERCERO: ofíciese a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de que designe un Juez Accidental para que conozca de la presente causa, al ser declarada Con Lugar la inhibición propuesta, por las razones expuestas en la motiva, así mismo remítase copia .....