Se DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado NIL MARCANO AGUILERA, apoderado judicial de la parte demandada en el presente juicio, ciudadano HENRY RUFINO MUJICA GOMEZ, ambos identificados en autos, en contra de la sentencia de fecha 18 de Octubre del 2005, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial del Estado Lara, REVOCANDOSE en consecuencia la misma y se DECLARA SIN LUGAR la oposición al Embargo hecha por el tercero HELIMENAS DE JESUS LUCENA VALERA, identificado en autos, RATIFICANDOSE la Medida de Embargo decretada por el a quo y practicada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas del Estado Lara el 03/08/2005, y así se decide. Se condena en costas al tercero opositor, ciudadano HELIMENAS DE JESUS LUCENA VALERA, por haber sido vencido en la incidencia, conforme con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.