DECISIÓN
En mérito a las anteriores consideraciones este Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y a tenor de lo previsto en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes, declara: CON LUGAR el ofrecimiento de Manutención, intentado por el ciudadano SAHEL EDGARDO DURAN FALCON, en beneficio de sus hijos, suficientemente identificados en Autos, en consecuencia se fija por concepto de manutención la cantidad de Ochocientos Bolívares (Bs. 800) mensuales, los cuales deberá otorgar en cuotas quincenales.
Los gastos médicos, medicinas, ropa, calzados, útiles y uniformes escolares deberán se cubiertos por ambos progenitores en igualdad de proporción, vale decir, en un cincuenta por ciento (50%) cada uno de los padres.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscripción .....