DECISION
Por todas las consideraciones de hecho y de derecho, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMNTE CON LUGAR la demanda que por Aumento de OBLIGACION ALIMENTARIA ha incoado la ciudadana NALGERIS COROMOTO ALVARADO PEREZ, titular de la cédula de identidad N° 11.545.719, en contra del ciudadano WILMER ENRIQUE PEREZ ASUAJE, titular de la cédula de identidad N° 11.547.902, padre de su hijos .... y ....., de catorce (14) y quince (15) años de edad.-
En consecuencia, el demandado queda obligado a suministrar a sus hijos en cuestión, la cantidad de CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.185.000,oo), mensuales y el doble en los meses de septiembre y diciembre, es decir, la cantidad de TRESCIENTOS SETENTA MIL BOLIVARES (Bs. 370.000,oo), para contribuir con los gastos de útiles y uniformes escolares y los gastos propios de la época decembrina, quedando además obligado a contribuir con la mad.....