Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE, la reposición solicitada por el profesional del derecho ciudadano: JESÚS ALBERTO JIMÉNEZ PERAZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 6.356, en su carácter de coapoderado judicial de la Empresa "AGROPECUARIA LOS SILITOS, C.A", inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del estado Portuguesa, en fecha 22-05-1999, quedando inserta bajo el Nº 13, parte demandada - apelante.
SEGUNDO: En cuanto a la falta de representación, vinculada a la falta de cualidad, planteada por la defensa, el Tribunal considera que la ciudadana: MARLENIS CACCIA, si ejercía la representación de la empresa demandada para suscribir el convenio.
TERCERO: SIN LUGAR la recon.....