Por los razonamientos expuestos este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA el beneficio de REGIMEN ABIERTO como fórmula de cumplimiento de la pena que le fuera impuesta al penado VIRGILIO ANTONIO PADILLA, titular de la Cédula de Identidad N° 15.905.325, beneficio que cumplirá trabajando en la Cooperativa Pan y Vida 2021, R,L, ubicada en la Avenida Principal Colinas de Trompillo a 50 metros del Puente Circunvalación Norte, Estado Lara, desempeñándose como ayudante general de la Cooperativa, devengando un salario de 120.000,00Bs semanales, sumando un total de 480.000,00Bs Mensuales, con un horario de 08:00 am, a 12:00m y de 01:00 pm a 05:00 pm, régimen que vencerá el día 26 de Diciembre de 2014, fecha de cumplimiento de la pena impuesta; todo de conformidad con los Artículos 479 Ord.....