V. DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, RESUELVE:
PRIMERO: A B S U E L V E al ciudadano NERIO ANTONIO CANELÓN, quien en la Audiencia Preliminar dijo ser de nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.268.334, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 10 de Agosto de 1977, de estado civil soltero, de ocupación obrero, residenciado en Barrio La Peñita, Calle El Cerro, casa s/n, Guanare, Estado Portuguesa por el delito de HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el artículo 455 numerales 3° y 4° del Código Penal vigente para el día 28 de Diciembre de 2004, hecho cometido en perjuicio del ciudadano MERCEDES ANTONIO RIVERO, en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que fueron reseñadas en est.....