Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO, el recurso de apelación interpuesto por el abogado LUIS CARLOS SANABRIA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano RUPERTINO RAMON BALVUENA VELA, contra la decisión de fecha 28 de mayo del año 2010, dictada por el Juzgado Primero de Primera de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua.
SEGUNDO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada-recurrente, de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.