DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos este Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara CON LUGAR la demanda de acción Mero Declarativa de Concubinato interpuesta por la ciudadana MILAGROS DEL VALLE GONZALEZ CAMACHO por haberse demostrado esta relación concubinaria con el De Cujus RENZO ANTONIO PEREZ CAÑIZALEZ, desde la fecha 15 de octubre de 2008 hasta el 28 de noviembre del año 2012. En consecuencia la ciudadana MILAGROS DEL VALLE GONZALEZ CAMACHO, es acreedora de todos los derechos inherentes al matrimonio, específicamente le corresponde el cincuenta por ciento (50%) de la comunidad concubinaria fomentadas en el lapso comprendido desde la fecha 15 de octubre de 2008 hasta el 28 de noviembre del año 2012 y asimismo la cuota parte como heredera leg.....