DECISION
En mérito de las anteriores consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Veda Cedeño Picón, con el carácter que tiene acreditado en autos, contra el auto dictado por el Juzgado, Primero de Primeras Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en fecha 25/06/2004, en el juicio por COBRO DE BOLIVARES VIA EJECUTIVA interpuesto por el BANCO CAPITAL, C.A. contra ANA CECILIA MOSQUERA RAMIREZ. En consecuencia SE DECLARA la nulidad de todas las actuaciones subsiguientes al 10 de noviembre del 2003 fecha en la cual el tribunal a quo profirió su decisión, excepto las notificaciones hechas a las partes, así como las realizadas al Fondo de Garantías de Depósito y Protección Bancaria (Fogade).
Queda así MODIFICADO el auto apelado.
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