En consecuencia este Juzgado Ejecutor de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: "Embargado preventivamente de la cuenta de ahorro No 00070058930010000425, la cantidad quinientos veinticinco bolívares (bs 525,oo) donde su beneficiario es el ciudadano Alirio Rivero, ya identificado, demandado en esta causa y en este mismo acto se le informa a la notificada que se emita cheque de gerencia a la orden de este Juzgado Ejecutor de Medidas por la cantidad embargada y en este mismo acto se procede a la apertura de una nueva cuenta de ahorro en la entidad bancaria Bicentenario Banco Universal, a nombre de este Tribunal, del demandante y demandado, es todo. Seguidamente interviene la notificada en su carácter de sub gerente quien expone: "Entrego en este acto cheque de gerencia No 89.....