DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la revisión Obligación Alimentaría, solicitada por la ciudadana: Neida del Carmen Torres Chinchilla, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.263.936, en representación de su hija: xx de 09 años de edad, contra el ciudadano: Richard Figueredo Sánchez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.024.755, y fija la cantidad de ciento veinte mil bolívares (Bs. 120.000.00) mensuales, y el doble de la cantidad en los meses de julio y diciembre de cada año, más medicina cuando lo amerite. Se ordena que dicha cantidad sea depositada por ante el Banco Banfoandes en una cuenta de ahorro que será aperturada por la ciudadana Neida del Carmen Torres Chinchilla.
Por cuanto la.....