DISPOSITIVA
Por las razonamientos antes expuestos, éste TRIBUNAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decide, HOMOLOGAR LA CONCILIACION en relación al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de CONTRA LAS PERSONAS para lo cual SE SUSPENDE EL PROCESO por el lapso de SEIS (06) MESES para lo cual se le imponen las siguientes condiciones: A. residir en un lugar determinado, en caso de cambio de residencia informar al tribunal. B. Someterse al cuidado y vigilancia de una persona determinada que informará regularmente al Tribunal sobre el cumplimiento y el comportamiento. C. Prohibición de salir luego de las 09:00 p.m. de su residencia al menos que se encuentre acompañado de la persona que ejerza su vigilancia. D. Estudiar o realizar curso de capacitación, para lo cual deberá presentar constancia de inscripción. E. prohibición De ingerir sustancias alcohólicas, ni sustancias tóxicas. F. Prohibició.....