IV
DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: LA PRESCRIPCIÓN de la acción contenida en el Artículo 61 de la Ley Orgánica del Trabajo por Reclamación de Prestaciones Sociales, interpuesta por el ciudadano ISIDRO PAUSIDES FIGUEROA LAMEDA, debidamente representado por el abogado: EDGAR CARRIZO, ya identificados contra la empresa AGROPECUARIA LOS MANGOS representada por la abogado: NORIS TAHAN, ya identificado.
SEGUNDO: SIN LUGAR la reclamación de indemnización por Enfermedad Profesional Y Daño Moral interpuesta por el ciudadano ISIDRO PAUSIDES FIGUEROA LAMEDA, debidamente representado por el abogado: EDGAR CARRIZO, ya identificados contra la empresa AGROPECUARIA LOS MANGOS representada por la abogado: NORIS TAHAN, ya identificad.....