DISPOSITIVA.
Por lo antes señalado este Tribunal de Control Nº 01, del Sistema Penal de Responsabilidad del adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decretar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del adolescente: SE OMITE POR RAZONES DE LEY, de nacionalidad Venezolano, nacido en fecha 12/04/1994, de 17 años de edad, estudiante, residenciado en el Barrio 15 de Marzo, calle 04 con avenida 2 y 3, casa Nº 380 diagonal a la iglesia católica, titular de la cédula de identidad Nº 24.935.396, Telf. 0426-9373581, hijo de Alicia Colmenares y Lutardo Ramón Gómez, a quien se le imputare la presunta comisión de uno de los delitos Contra El Orden Público, específicamente el delito de PORTE ILICITO DE CARTUCHOS PARA APROVISIONAR ARMAS DE FUEGO, previsto en el artículo 277, del Código Penal, en relación con lo establecido en el artículo 9 de la Ley Sobre.....