DISPOSITIVA
Por las consideraciones expuestas en el presente auto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Declina la competencia de las actuaciones presentadas y relacionadas al adolescente (Se omite), al Tribunal Primero de Control en virtud que es el Juzgado que emitió la orden de captura antes descrita quien debe conocer el presente asunto, en razón de ello, se declinó la competencia al Juzgado Primero de Control de Responsabilidad Penal de la sección adolescentes del Estado Portuguesa con sede en Guanare, por tratarse de su Juez Natural y por cuanto se desprende del contenido de los autos que en el mencionado Juzgado, se le sigue la causa 1C-660-11, por el delito de amenaza, previsto en el artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres .....