DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano JULIO JONATAN, titular de la cédula de identidad número V- 15.895.820., contra la sociedad mercantil LAS CUEVAS DEL BOSQUE, por motivo de cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos beneficios en virtud de las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE el despido injustificado alegado por la parte actora..
TERCERO: Se ordena a la sociedad mercantil LAS CUEVAS DEL BOSQUE., a cancelar al ciudadano JULIO JONATAN la cantidad de CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATROS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLÍVARES CON VEINTIDÓS CÉNTIMOS (Bs. 484.668,22).