En el caso de autos, se observa que el recaudo acompañado a la presente solicitud no guarda relación alguna con la cambial objeto de la presente demanda, toda vez que de la lectura detallada, efectuada a la letra de cambio objeto del presente juicio, la cual riela en copia certificada al folio 4 de la pieza principal, se observa que, en ella no se indicó que fue librada con ocasión a la celebración de un contrato de permuta para siembra de maíz, o arrimes de maíz, igualmente, no consta, ni siquiera datos de identificación de contrato alguno con la empresa Agroindustria Los Turpiales Rz 1009 C.A., excepciones y defensas éstas, que fue opuesta por el accionado, en su escrito de solicitud. Y así se establece.
Todas estas circunstancias dejan al descubierto que, la letra de cambio cuyo pago fue intimado en el presente juicio, es autónoma e independiente, lo que implica que, constituye por sí misma, prueba de una obligación mercantil existente entre las partes de autos, ya que la misma no .....