DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda que por motivo de DESALOJO DE INMUEBLE fue intentado por el ciudadano TULIO CASTILLO, representado por los Abg. LENIN JOSE COLMENAREZ LEAL y RUDOLFH JOSE KREUBEL CAMERO, en contra de la ciudadana OLGA VIRGINIA MENDEZ PEÑA, representada por la Abg. MARIA EUGENIA HERNANDEZ ISACURA y contra y JILEN E. CASTILLO, representada por AMILCAR RAFAEL VILLAVICENCIO LOPEZ, LENIN JOSE COLMENARES LEAL Y RUDOLFH JOSE KREUBEL CAMERO todos plenamente identificados en autos. En consecuencia: ------------------------------
1.- Se condena a la parte demandada al desalojo del inmueble constituido por una Casa-Quinta signada con el número 2, ubicada en la manzana "J" de la Urbanización del Este, Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara.
2.- se condena a .....