En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la apelación de la parte demandada, en el presente juicio de nulidad de venta, seguido por el ciudadano GENARO ANTONIO ESCALONA PINEDA, contra la ciudadana MARIA LOYOLA ABAD, ambos identificados.
En consecuencia, se declara la nulidad del auto de admisión de la demanda de fecha 29-11-2010, y de los acto procesales subsiguientes hasta el presente fallo, exclusive, y la reposición de la causa, al estado de que la nueva Jueza o Juez que le corresponda conocer del juicio, proceda nuevamente a admitir la demanda y ordene la citación del ciudadano JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ TERÁN, para que comparezca a dar contestación a la demanda en los términos concedidos a la accionada, ciudadana MARÍA LOYOLA ABAD.
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